"El fallo del TSJ va a generar un terremoto"
Para los abogados del Observatorio de Derechos Humanos de Pueblos Indígenas, la medida cautelar a la que hizo lugar el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Neuquén por el caso Campana Mahuida, no sólo frenó el proyecto minero. "Se reconoce un ente público diferente del Estado, con el que el este debe acordar y a quien debe respetar: los pueblos indígenas. Ese es el secreto de las leyes internacionales respecto a pueblos indígenas", explicó el presidente del organismo, Juan Manuel Salgado.
El fallo es clave, detalló quien también representa a la Confederación de Organizaciones Mapuches (COM) ante la Justicia, porque "sacó un tema que se refería al derecho privado y se reconoció en el derecho público", lo que implica un cambio del paradigma de interpretación de los jueces. i de los jeuces.un cambio del paradigma de interpretacierior de Justicia (TSJ) de Neuquque no lo hga. Sere no avance el relevma"Es el primer fallo en el que se menciona y aplica el convenio 169 de la OIT en la provincia, que por ejemplo, obliga a los jueces a que conozcan las pautas culturales de los pueblos indígenas", afirmó Salgado, en referencia al aspecto de la legislación internacional vigente sobre los derechos de los pueblos originarios que fue reconocido por el TSJ.
Indicó que la aplicación en los procesos penales modificará un orden estableado en la provincia, donde "el derecho internacional es desconocido sistemáticamente". "En cada cuestión penal, por ejemplo, planteo que se realice una pericia antropológica. Es sistemático: directamente contestan que "es irrelevante". Ni lo mencionan. Es como si el derecho internacional no existiera", apuntó el abogado.
"Los jueces de la provincia de Neuquén se niegan a aplicar el derecho de los Derechos Humanos. Se niegan, son ignorantes y no lo quieren estudiar. Y lo hacen corporativamente. Y por eso este fallo va a generar un terremoto", agregó en un duro cuestionamiento a la Justicia provincial.
Foto: periódico 8300
Entrevista a Salgado: http://convocatorianqn.org.ar/documentos/elconvenio169:alcanceseim.html
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