¿Cómo pedir información pública?

PRIMERA FASE
-     Redactar un pedido de información (sobre este punto ver los modelos de pedido que se encuentran en la presente página). Sugerimos ser lo más claro y específico posible. No hacer muchas preguntas en un mismo pedido y asegurarse que no se está pidiendo información que la propia norma exceptúa de ser brindada. Por ejemplo, nombre y apellido de los funcionarios que trabajan en una determinada área ya que esto estaría protegido por la Ley de Datos Personales y por consiguiente exceptuado de la ley.
-    Dirigir la solicitud a la mesa de entradas del organismo al cual se desea pedir información. Sugerimos poner el nombre del funcionario responsable del área a la cual se le solicita la información o el del responsable de acceso a la información que existe en dicho organismo.
-    Sugerimos indicar  su dirección,  su teléfono/s, su email y su nombre en el mismo pedido de información para que el gobierno pueda contactarlo una vez elaborada la respuesta.
-    El pedido debe estar firmado por Ud.
-    No es necesario justificar la razón del pedido.
-    NO OLVIDAR de llevar dos copias de la solicitud, una para dejar en la entidad pública y otra que deberá ser sellada y firmada por el empleado público de la mesa de entradas de dicha entidad y luego devuelta a quien hace el pedido como constancia de la realización del mismo. En esta última, el empleado público debe obligatoriamente consignar la FECHA DE RECEPCIÓN de la nota.
-    NO OLVIDAR que el ente público no puede cobrar ningún tipo de tasa o timbrado por la presentación del pedido, ya que el acceso a la información es completamente GRATUITO.

SEGUNDA FASE

-    La entidad pública cuenta con 10 DIAS HABILES (a nivel del Poder Ejecutivo Nacional y Ciudad Autónoma de Buenos Aires) para contestar el pedido. Este plazo puede prorrogarse por 10 días hábiles más si así lo requiere la entidad (para poder usar esta prórroga el ente público deberá comunicarlo POR ESCRITO antes del vencimiento del plazo y justificar el uso de la prórroga).
-    La información es completamente gratuita. SOLAMENTE SE DEBE PAGAR POR LA REPRODUCCIÓN DE LA INFORMACIÓN (fotocopiado, por ejemplo).
-    El gobierno no tiene la obligación de producir información con la que no cuenta al momento de efectuarse el pedido.

QUÉ HACER SI NO SE OBTIENE UNA RESPUESTA O LA MISMA ES INCOMPLETA

-    Si la entidad no responde su pedido de información ya sea positiva o negativamente en el plazo correspondiente, usted puede interponer una acción judicial de amparo directamente ante el juez competente.

TERCERA FASE
-    Para iniciar un proceso judicial, primero deberá seleccionar una organización y consultar si posee un servicio jurídico gratuito (también puede recurrir a un abogado particular especializado en el tema, teniendo en cuenta que deberá abonarle sus honorarios profesionales).
-    Seguidamente se sugiere solicitar un turno para tener una entrevista y presentar su caso.
-    Ya sea personalmente o telefónicamente, una persona de la organización lo atenderá y le hará una serie de preguntas para conocer mejor el tema.
-    Es recomendable llevar a la reunión una síntesis de la situación y la mayor cantidad de documentación e información posible.
-    Luego de la reunión y con la documentación entregada, la organización, especializada en el tema, realizará un nuevo pedido de información en su nombre que ud. deberá firmar como acto previo a la posible iniciación de acciones judiciales. En caso que hagan falta nuevos datos o información se le serán solicitados.
-    En caso de que persista el silencio de la Administración, la organización realizará la correspondiente demanda judicial, realizará el seguimiento del expediente y lo pondrá al tanto de los resultados obtenidos en cada paso del mismo.

La ADC presta este servicio gratuitamente. Contáctese con Ariel Romano Angel al mail aromano@adc.org.ar, o a los teléfonos (011) 5236 0555/7.

Además, se adjunta un "Manual de Acceso a la Información", un trabajo realizado desde la asociación civil en el que se detallan los aspectos esenciales de este derecho básico, su aplicación en Latinoamérica y sus particularidades regionales.

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