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Abren los expedientes del Jurado de Enjuiciamiento
El Jurado de Enjuiciamiento accedió al pedido de Convocatoria Neuquina de hacer vista de los expedientes relacionados con la denuncia al fiscal Pablo Vignaroli. De esa manera accedió a la excusación del vocal del TSJ Ricardo Kohon y a la respuesta del representante de los abogados en el cuerpo, Jorge Brillo, rechazando el pedido de apartamiento. Lo más importante: se abre una nueva instancia en la publicidad de los procesos judiciales y el libre acceso a la información.
El jurado, que aún debe definir si da curso a la denuncia, resolvió por unanimidad aceptar el pedido de Convocatoria de acceder a toda la documentación. De igual forma, rechazó uno de los dos pedidos de la organización para que se aparte del proceso al abogado Brillo, que a pesar de estar estrechamente vinculado con varias de las imputaciones que se le hacen a Vignaroli, se aferra a la representación que le dio un sorteo entre los profesionales de la matrícula.
La publicidad del proceso permitió acceder a los argumentos de Brillo para mantenerse inmutable como uno de los dos representantes del colegio de abogados. El abogado, aludido en una gran parte de las 11 imputaciones a Vignaroli, en primer término, pidió al jurado que no se tuviera en cuenta el pedido de convocatoria y argumentó que, según la legislación actual, sólo pueden recusar el imputado, el fiscal o el defensor. No obstante, dijo no sentirse aludido por las denuncias y rechazó haber integrado, estar relacionado, tener interés o haber sido beneficiado por los hechos descriptos.
En tanto, Kohon interpretó que son "públicas y notorias las manifestaciones vertidas por los denunciantes", que "ponen en tela de juicio" su imparcialidad, por "prudencia" y por buscar el "correcto funcionamiento de las instituciones" solicitó el apartamiento. En este caso, el jurado aceptó el argumento del vocal.
Convocatoria presentó esta semana un segundo escrito, destacando jurisprudencia a favor del pedido de apartamiento, como por ejemplo los pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia. La Corte ha señalado que "un juez que no está ya excluido de pleno derecho, puede ser recusado por temor de parcialidad, cuando exista una razón que sea adecuada para justificar la desconfianza sobre su imparcialidad... Para esto no se exige que él realmente sea parcial, antes bien, alcanza con que pueda introducirse la sospecha de ello según una valoración razonable... Si ello sucede, corresponde en salvaguarda de la garantía apartar al juez del caso, para eliminar este temor de parcialidad que siente el imputado, y restablecer su confianza en el juicio, como así también la confianza en la administración de justicia de la sociedad".
La respuesta rechazando una de las dos presentaciones de Convocatoria tiene una segunda instancia, una aclaración: no se rechazaron los argumentos (ni siquiera se llegó a analizarlos) sino que, ajustados a la ley 1565 de Jurado de Enjuiciamiento -que no se ajusta a las corrientes actuales del derecho y que será reformada en los próximos meses a partir de un proyecto de ley del diputado radical Marcelo Inaudi- los miembros del jurado interpretaron que, en tanto denunciante, Convocatoria no tenía facultades para recusar.
Se adjuntan: la excusación de Kohon, el rechazo al apartamiento de Brillo y la resolución del jurado de abrir los expedientes del proceso.
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