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Mar, 02/01/2011 - 15:07

Falacias sobre los sistemas penales juveniles

Por María Laura Böhm (CEPOC)*

En el debate sobre la baja de la edad de punibilidad hay voces que hacen referencia a otros sistemas (principalmente europeos) para reforzar la idea de la reforma. Estas referencias y comparaciones son falaces por varios motivos. Si bien es cierto que en la mayoría de los países de Europa la edad de punibilidad es más baja que en Argentina (por ej. Inglaterra 10, Holanda y Grecia 12, Alemania y Austria 14, Finlandia y Suecia 15), también es cierto que hay países con un límite superior al argentino (Bélgica y Luxemburgo 18) y que, muy importante, últimas reformas que se han dado en países europeos han sido precisamente para subir este límite (Suiza, España y Noruega). Además, incluso para los expertos es muy difícil realizar comparaciones, porque en cada país varían no sólo las edades, sino la terminología, los delitos contemplados y las medidas de intervención previstas. Es muy complejo y arriesgado, por ejemplo, comparar estadísticas sobre los delitos cometidos por jóvenes en relación con los cometidos por adultos, o sobre cuántos chicos detenidos hay en un determinado lugar y momento. Por otra parte, es necesario que una comparación consistente incluya el relevamiento de debates y tendencias que se están dando en el lugar respectivo. Referirse únicamente a las edades de punibilidad, por lo tanto, es falaz.

Tomo el ejemplo de Inglaterra, que parece ser para muchos el más atractivo. Una referencia al sistema inglés debería incluir cuanto menos la siguiente información: el límite de 10 años es hasta hoy tema de discusión entre políticos y expertos ingleses; ese límite no fue fijado como resultado del avance legislativo, sino que es un resabio de la historia inglesa; la reincidencia ronda el 92% entre menores de 21 años luego de encierros inferiores a un año; el costo de enviar jóvenes a prisión es doce veces más alto que la adopción de medidas a cargo de instancias comunitarias; la vulnerabilidad durante el encierro (en este momento está en proceso el caso de un chico de 14 años que en el 2004 se suicidó colgándose en su celda luego de ser golpeado por custodios) y la selectividad del sistema (más de un tercio de los detenidos son extranjeros) se incrementa cuando los acusados son niños y adolescentes; actualmente el gobierno inglés fomenta legalmente intervenciones menos intrusivas para disminuir los efectos desocializantes del encierro temprano; Inglaterra sanciona chicos desde los 10 años, y es no obstante uno de los países europeos de mayor criminalidad juvenil. Este no parece ser el fácil panorama presentado por quienes reclaman una baja en la edad de punibilidad.

En definitiva, y al contrario de lo sugerido por quienes favorecen la reforma, las experiencias, tendencias y resultados en otros países indican que bajar la edad de punibilidad es retrógrado y perjudicial a los intereses del niño, del joven, y de toda la sociedad.

*Abogada, criminóloga, doctora en ciencias sociales

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