Documento de Convocatoria Neuquina ante la nueva postulación del Sr. Gobernador

 

Ante la postulación, por parte del Sr. Gobernador de la Provincia,  del abogado José Ignacio Gerez para cubrir el cargo de Fiscal ante el Superior Tribunal de Justicia, de acuerdo al artículo 239 de la Constitución Provincial, Convocatoria Neuquina por la Justicia y la Libertad presenta esta serie de consideraciones:

Decreto Nro 590/08.

 

Los fundamentos del decreto vs la aplicación efectiva.

Al dictar el decreto 590/08 el gobernador Jorge Sapag expuso en los fundamentos objetivos vinculados al (claves tales como) sistema republicano de gobierno, “lograr mayores niveles de transparencia, participación y conciencia ciudadana, en el procedimiento de selección...”  “que este procedimiento de ineludible cumplimiento garantiza que las designaciones a realizarse se efectuaran con un amplio grado de respeto por el principio de idoneidad técnica, relativo a la trayectoria profesional y académica, para el buen ejercicio  de la funciones publicas. Con lo cual se podrá observar el comportamiento de los nominados, permitiendo así evaluar su desempeño futuro…”

En sus considerando finales afirmó el señor Gobernador ” se pretende mantener la legitimidad democrática del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia, ya que en la actualidad, el Poder Judicial no resulta extraño a la crisis de confianza hacia las instituciones y funcionarios públicos en general…”

Estas intenciones que expresa el decreto estan y estuvieron muy lejos de cumplirse cada vez el Gobernador Sapag presenta un candidato, luego de -tal como él lo expresara a la prensa en varias ocasiones-, “conversar mucho” para lograr los acuerdos necesarios. De los dichos del gobernador se infiere entonces, que primero logra los acuerdos, luego propone al candidato/a y comienza la pantomima del proceso democratico de la participacion ciudadana.

En la cobertura de las dos últimas vacantes, Defensor ante el TSJ y vocal del TSJ, se dicto una resolucion que regulaba los plazos de implementacion del decreto, emitida el mismo día que comenzaban a correr los plazos que establece el decreto, no fue publicada en el Boletiín Oficial u otro medio de comunicación, y a la que Convocatoria Neuquina accedió por requerimiento mediante nota,

Las experiencias registradas bajo la vigencia del Decreto 590/08 indican que se publica solo un resumen del CV del candidato, lo cual resulta informacion insuficiente para que la ciudadania pueda estar informada sobre el perfil de la persona propuesta.

En el proceso de cobertura de las vacantes ante el TSJ Convocatoria Neuquina solicitó mediante nota la publicacion de la declaracion jurada de los candidatos, donde deberia estar toda la informacion, esto no se cumplió. Entonces esta Asociacion civil tuvo que suplir la definciente actividad del Ejecutivo, solicitó copia las declaraciones juradas y las publicó, para que la ciudadania tuviera alguna informacion a la hora de opinar. Según los considerandos del decreto esa informacion deberia ser pública para facilitar la participacion ciudadana. Pese a la omisión de cumplir con este requisito, en la pagina 10 del dictamen del Equipo Tecnico formado para la aplicación del decreto y que dependía del Ministerio de Coordinacion de Gabinete dice que el candidato puso a disposicion de la ciudadania toda la informacion. El candidato se limita a presentarla al Ministerio, el ministerio deberia dar a conocer esa informacion y deliberadamente no lo hizo.

El rol del equipo técnico

Los miembros del equipo tecnico de implementación del decreto de autolimitacion han desempeñado un rol meramente formal, obviando cualquier tipo de análisis técnico sobre la idoneidad de los candidatos. En la práctica han cumplido la función de defensores del candidato, con respuestas prontas y pases de vista rápidas a los postulados, sin hacer analisis critico de ninguna de las respuestas recibidas. En los dictamenes finales se limitan a describir los pasos dados, sin realizar una mínima consideración de las presentaciones, tanto de adhesión como de impugnación, e –invariablemente- concluyen que el candidato cumple con los requisitos para cubir el cargo, sin indicar míminamente cuáles son los requisitos analizados a excepción, claro está, del título de abogado exigido por la Constitucion.

Estos dictamenes finales tampoco se hicieron publicos. El proceso descripto demuestra que el Equipo Técnico solo se limita a evaluar el cumplimiento formal de los plazos del procedimiento –ya que ningún control realizan en materia de efectiva transparencia y publicidad-, pero para nada se toma en cuenta la opinión de la ciudadania, que, de tal forma, pasa a ser decorativa y legitimadora de un procedimiento que lejos esta de ser  publico y participativo.

 

El rol de la Legislatura

En esta instancia ya sabemos que si el gobernador tomó la decisión de proponer este candidato, ninguna opinión en sentido contrario será tenida en cuenta.

En las designaciones perpetradas desde la vigencia del Decreto 290/08 hasta ahora, la Comision de Asuntos Constitucionales entrevista al candidato/a y este/a responde si quiere. Fue claro Evaldo Moya cuando no le respondio a la diputada Sanchez. La entrevista siempre fue formal y sin preguntas que indaguen en profundidad sobre el perfil del candidato, cuando estas han surgido han sido neutralizadas por la presidencia de la comisión. Quien hoy ejerce ese cargo es el mismo diputado que lo hiciera en los casos anteriores. El diputado José Ruso.

Se toma en la Legislatura el dictamen final del equipo técnico, reúne el candidato/a los requisitos, tampoco en este ámbito se analizan las impugnaciones formuladas. Los diputados de la mayoría defenderán al candidato a tal punto, que en la actuación de la Legislatura en su composción anterior algunos diputados en su discurso admitieron no conocer al candidato ni saber que virtudes tenia, pero comunicaron que lo votaban porque lo había propuesto el gobernador. Es evidente que este proceder altera absolutamente los fundamentos del decreto 590/08 que nos habla de participación ciudadana para la elección responsable a un cargo de tanta relevancia institucional.

La legislatura, que deberia ser el ámbito natural que más se interese por la opinion de la ciudadania, ha soslayado deliberadamente la misma y no vemos en esta ocasión indicios que nos indique que actuará de otra manera..

Segunda Etapa de la Colonización del Poder Judicial de la Provincia de Neuquén
Nos encontramos frente al proceso de cobertura de la vacante de Fiscal ante el TSJ de la provincia de Neuquén. La persona elegida tendrá como misión fundamental dirigir una política publica para conducir el diezmado y desprestigiado Ministerio Publico Fiscal, y además deberá conducir la implementación de la reciente reforma del Código Procesal Penal de la provincia.  

Recordemos que el Ministerio Publico Fiscal es quien implementa la Politica Criminal del Poder Judicial, y es el órgano responsable, a partir de la reforma de la persecución penal. Resulta una ineludible obligación del Poder Ejecutivo determinar los requisitos que debe reunir la persona que va a cubirr este importante cargo. Si quien esta al frente de la mencionada misión es un empleado del poder político, mal podrá establecer una política criminal orientada a la investigación de los delitos del Poder, de los delitos de corrupción, a la investigación de aquellas situaciones poco claras con el fisco de la provincia, situaciones todas que minan la credibilidad de las instituciones democráticas y tal como reza el decreto 590/08 “el Poder Judicial no resulta extraño a la crisis de confianza hacia las instituciones y funcionarios públicos en general”.

El nuevo proceso de selección iniciado a partir de la propuesta del candidato indica a las claras que, una vez más, el gobernador Sapag demuestra a la ciudadanía que sus candidatos están estrechamente relacionados con su proyecto político, sin importar demasiado la independencia necesaria que estos deban tener para el funcionamiento democrático del Poder Judicial que permita que este sea el limite para el avasallamiento del poder factico sobre las instituciones. Se consuma así la segunda etapa de colonización del Poder Judicial, en evidente continuidad con el primer y desvastador inicio impulsado por el exgobernador Jorge Sobisch.  

 

El Poder Legislativo, de continuar votando como hasta ahora a los candidatos del Poder Politico,  demostrará que esta avalando con sus votos la Colonizacion del Poder Judicial en su segunda etapa.

Por todo lo expuesto Convocatoria Neuquina no se prestará en esta ocasión a la legitimacion de un proceso de designacion que a las claras ha demostrado que no es publico, pues no se publica ninguna informacion de relevancia que permita la opinion fundamentada de la ciudadania, que no es transparente, pues para conseguir la informacion hay que presentarse ante el minsiterio y cumplimentar pasos adminsitrativos dentro de un expediente que oculta la informacion y no tiene vocacion de transparencia, y que no es participativo, pues la ocultacion deliberada de informacion tras los procedimientos adminsitrativos no hacen mas que desalentar la participacion de la ciudadania y la desconsideracion con que se trata la opiniones debidamente funadas que se acercan, no solo desalientan sino que ignoran tal participacion.  Todo esto desnaturalizando y deslegitimando los fundamentos del decreto 590/08 llamado de autolimitacion.

 

Asimismo, apelaremos nuevamente a los procesos institucionales, porque creemos que se deben dar discusiones estructurales para lo cual se necesita de la mayor legitimidad.

Al Ministerio de Gobierno, Educación y Justicia

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Que se publiquen en la pagina web de la provincia, la declaración jurada del candidato,

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Que se publiquen los avales y las impugnaciones que obtuviera y las respuestas a las mismas.

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Que se publique el dictamen final de la comisión técnica

Al poder legislativo de la provincia

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Que se realice una audiencia publica donde las organizaciones puedan participar realizando preguntas mediadas por los diputados y que el candidato deba responder. (así esta prevista en el decreto 222 de nación)

Si tanto el Ministerio de Gobierno, Educacion y Justicia como el Poder Legislativo, dan muestras de una real vocación de transparencia y participación, podrán legitimar sus acciones, para lo cual no alcanza con esgrimir el triunfo electoral. El respaldo se renueva y certifica a cada paso sobre la base de la participación ciudadana a través de espacios organizados.

 

Neuquén, 23 de abril de 2012.-

CONVOCATORIA NEUQUINA POR LA JUSTICIA Y LA LIBERTAD

 

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